Economia

Ya puedes pedir en Ondara las subvenciones para minimizar el impacto económico de la crisis energética

Las pymes, micropymes, autónomos y profesionales de la localidad podrán solicitar la ayuda hasta el 21 de octubre
Monedas / nattanan23 (Pixabay)

El 6 de octubre se publicó en el BOP de Alicante el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ondara por la cual se convocan las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a minimizar el impacto económico que la crisis energética está suponiendo sobre las pymes, micropymes, autónomos y profesionales de Ondara.

Tiene la consideración de concepto subvencionable, los costes energéticos siguientes, necesarios para el funcionamiento y afectas directamente el negocio, en el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2021 y el 30 de junio de 2022: energía eléctrica, gas, y carburantes. Serán subvencionables hasta un 50% los conceptos de gasto corriendo enumerados, abonados en el periodo comprendido, que se justificarán mediante facturas o documentos de valor probatorio. No se admitirán como justificantes de gastos los albaranes, las notas de entrega tickets de caja, justificantes de TPV, ni facturas pro forma. El IVA y el resto de impuestos y tasas no son conceptos subvencionables.

Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ondara en impreso normalizado de solicitud que estará disponible en la web municipal. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente en la publicación de la convocatoria en el BOP de Alicante; en este caso se podrán presentar hasta el 21 de octubre de 2022.

La cuantía total de las subvenciones a conceder asciende a un importe total de 53.791,00 euros procedentes de una subvención de la Diputación de Alicante. La concesión de las ayudas estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria y, en todo caso, hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria. La cuantía subvencionada será la que resulte de dividir el total de la misma entre el número de subvenciones concedidas, sin que en ningún caso pueda sobrepasar el límite máximo de 4.000 euros por entidad beneficiaria.

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