Sociedad

Comienza la Campaña de la Renta 2025

Entre el 1 y el 30 de junio, la Agencia Tributaria podrá confeccionar las declaraciones presencialmente
Edificio de la Agencia Tributaria en Dénia. / Tino Calvo

La Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al año 2025 comienza hoy, miércoles 8 de abril, con la presentación de las declaraciones por Internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.

Hoy se abre el plazo para la presentación de las declaraciones a través de Internet y se extenderá hasta el 30 de junio de 2026, último día.

Desde el 8 de abril de 2026, los contribuyentes pueden obtener el borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por medios electrónicos, a través del Servicio de tramitación del borrador/ declaración, en la dirección electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2026, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono (la solicitud de cita será desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).

Será entre el 1 y el 30 de junio cuando la Agencia Tributaria podrá elaborar las declaraciones a los contribuyentes presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).

No obstante, hay que tener en cuenta que el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finaliza el 25 de junio.

Medios de pago

En cuanto a los medios de pago, el ingreso de la cuota tributaria podrá realizarse mediante domiciliación, pago mediante cargo en cuenta, Número de Referencia Completo (NRC), tarjeta de crédito o débito, en condiciones de comercio electrónico seguro y el pago mediante transferencias instantáneas efectuadas a través plataformas de comercio electrónico seguro (por ejemplo, Bizum).

También puede realizarse mediante un documento de ingreso, que se deberá imprimir y permite efectuar el pago en una entidad colaboradora dentro del plazo establecido.

Quiénes deben presentarla

En la Campaña de la Renta de 2025 están obligados a presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores.

Así como, todas aquellas personas físicas que, en cualquier momento del período impositivo, hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

También están obligados a presentar declaración por este impuesto las personas titulares del ingreso mínimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia.

Por contra, los beneficiarios de prestaciones por desempleo finalmente no tienen la obligación de presentar la declaración del IRPF, tras la convalidación en el Congreso del real decreto-ley de revalorización de pensiones que también incluye esta medida.

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