Vivienda

El Síndic reprocha a Teulada que tres hermanos vulnerables sigan sin una solución de vivienda tras más de dos años

El defensor del pueblo valenciano concluye que el Ayuntamiento no ofrezca una respuesta “real y efectiva” a la emergencia habitacional
Ajuntament de Teulada / Redacción

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha puesto el foco sobre la actuación del Ayuntamiento de Teulada ante la grave situación habitacional de tres hermanos adultos con discapacidad. En una resolución firmada el pasado 30 de julio, la institución concluye que, pese a las actuaciones enumeradas por los servicios municipales, los afectados continúan más de dos años después sin una solución real y efectiva a su necesidad de vivienda.

La queja fue presentada el 2 de marzo de 2026 por uno de los hermanos y denunciaba la supuesta inactividad municipal ante una situación que calificaba de extrema vulnerabilidad. La unidad de convivencia está formada por tres hermanos con grados de discapacidad reconocidos del 65%, 39% y 42%, respectivamente, y con distintas enfermedades y dificultades cognitivas.

Víctimas de una estafa inmobiliaria

Según el relato aportado en la queja, tras fallecer sus padres perdieron la vivienda familiar por deudas y posteriormente fueron víctimas de una presunta estafa inmobiliaria. Aseguran que pagaron 6.000 euros de fianza y mensualidades de 500 euros por una vivienda que después descubrieron que había sido alquilada por una persona que no era su legítima propietaria. El inmueble pertenece al ámbito de actuación de SAREB y acabó siendo objeto de un procedimiento de desahucio.

El lanzamiento quedó suspendido judicialmente por la situación de vulnerabilidad de los hermanos. La parte reclamante sostiene además que inicialmente se les cortó el agua y que desde octubre de 2025 permanecen sin suministro eléctrico, pese a sus problemas de salud.

El Ayuntamiento defiende su actuación

El Ayuntamiento de Teulada rechazó ante el Síndic que hubiera existido inactividad. En su informe, Servicios Sociales relacionó numerosas entrevistas y actuaciones desarrolladas desde mayo de 2024, entre ellas una visita domiciliaria, una prestación económica para necesidades básicas, informes de vulnerabilidad para el juzgado y para SAREB y distintas gestiones encaminadas a conseguir un alquiler social.

El consistorio alegó también una circunstancia que considera determinante: Teulada no dispone de parque público municipal de vivienda. Según su versión, se activaron recursos autonómicos y se llegó a ofrecer una vivienda pública fuera del municipio, opción que los afectados rechazaron porque habría supuesto alejarse de su red de apoyo familiar.

La administración municipal sostuvo, por tanto, que su intervención había sido “continuada, documentada y proporcional” y negó tanto la existencia de inactividad administrativa como las acusaciones de un trato deshumanizado por parte de los profesionales de Servicios Sociales.

El Síndic: no basta con tramitar, hay que ofrecer una solución

La resolución del Síndic introduce, sin embargo, un severo reproche a la eficacia de esa actuación. La institución recuerda que el derecho a una vivienda digna en la Comunitat Valenciana es un derecho subjetivo y que las obligaciones de las administraciones en esta materia no pueden limitarse a realizar gestiones o tramitar expedientes.

Para el defensor valenciano, se trata de una obligación de resultado: la intervención administrativa debe terminar proporcionando una solución que haga efectivo el derecho a la vivienda, ya sea mediante un alojamiento o mediante otros mecanismos, entre ellos ayudas económicas. El Síndic subraya expresamente que las entidades locales, incluido el Ayuntamiento de Teulada, tienen una obligación jurídica en esta materia.

La institución recalca incluso que la inexistencia de suficientes viviendas públicas no puede traducirse simplemente en dejar a una familia vulnerable esperando indefinidamente. En situaciones de este tipo, argumenta, la Administración debe movilizar los recursos disponibles y buscar fórmulas alternativas.

Y es precisamente al analizar el caso concreto cuando la resolución resulta más contundente con el consistorio.

El Síndic señala que el informe presentado por Teulada no permite conocer qué actuaciones han conseguido abordar y resolver realmente la necesidad de vivienda de los tres hermanos. Tampoco aprecia que se haya dictado una resolución que les haya proporcionado una solución habitacional efectiva.

La conclusión de la institución es especialmente significativa: de la documentación del expediente deduce que los afectados se encuentran “exactamente en la misma situación” que cuando comenzaron a acudir al Ayuntamiento en mayo de 2024, hace ya más de dos años.

Las acusaciones sobre el trato, sin resolver

El Síndic sí establece una diferencia entre esta falta de resultados y otra de las cuestiones denunciadas por la familia: el supuesto trato recibido desde Servicios Sociales.

Los afectados aseguran, entre otras cuestiones, que profesionales municipales llegaron a responsabilizarles de su propia situación y que en una reunión se utilizó el término “okupas” para referirse a ellos, extremo que el Ayuntamiento niega.

Sobre esta controversia, el defensor valenciano no toma partido. Reconoce que Ayuntamiento y reclamantes mantienen versiones discrepantes y explica que no puede determinar con certeza qué ocurrió al tratarse de cuestiones de hecho sobre las que la institución no tiene capacidad para practicar pruebas.

Tres recomendaciones directas al Ayuntamiento

La resolución termina trasladando tres consideraciones al Ayuntamiento de Teulada.

En primer lugar, el Síndic le recuerda su deber legal de adoptar todas las medidas a su alcance para ofrecer una atención integral, personalizada y continua a personas vulnerables y atender específicamente sus necesidades de vivienda.

En segundo término, recomienda que el sistema municipal de atención permita que los demandantes de vivienda, especialmente quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión, lleguen a obtener de forma efectiva una vivienda asequible, digna y adecuada, bien mediante la concesión de una vivienda o mediante una ayuda económica.

Y, finalmente, reclama que el Ayuntamiento analice específicamente el caso de estos tres hermanos y les ofrezca “una solución real y efectiva” a las necesidades que se acrediten.

El consistorio dispone ahora de un plazo máximo de un mes para comunicar al Síndic si acepta estas consideraciones. En caso afirmativo deberá explicar qué medidas adoptará para cumplirlas y, si las rechaza, tendrá que justificar su decisión.

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