Sanitat

Trabajo exige a Marina Salud que no discrimine a las trabajadoras embarazadas

El Comité de Empresa del Departamento de Salud de Dénia ha dado a conocer la resolución

El Comité de Empresa del Departamento de Salud de Dénia ha dado a conocer una resolución de la Inspección de Trabajo en la que se constata que Marina Salud ha vulnerado los derechos de las trabajadoras embarazadas.

Reproducimos a continuación, íntegramente, el comunicado remitido:

«El Comité de Empresa se muestra satisfecho  tras la resolución emitida por parte de Inspección de Trabajo el día 29/06/2023, por la cual indica que «la  empresa MARINA SALUD S.A. ha adoptado decisiones unilaterales que implican discriminaciones directas desfavorables  por razón de sexo. En materia  salarial,  se ha  introducido  una diferenciación   formalmente razonable  entre  hombres  y mujeres que supone, sin embargo, una discriminación  contraria al artículo 14 de la Constitución Española, artículo 4.2.c) del Estatuto de los Trabajadores, y artículo 4 de la Ley 1512022, de 12 de julio,  integral  para  la  igualdad  de  trato  y  la  no  discriminación.  MARINA  SALUD  S.A.  ha provocado un perjuicio en las condiciones de trabajo asociado inmediatamente con la situación de maternidad de trabajadoras embarazadas. Ello a la luz del criterio  fijado por la sentencia 4312017 del Tribunal Supremo, de 24 de enero de 2017.»

Por ello, Inspección de trabajo insta a Marina Salud: a garantizar el abono a las trabajadoras que se encuentren  en situación prevista en el artículo _26.1 de la LPRL (adap-ación del puesto o tiempo de trabajo durante embarazo o lactancia), de las retribuciones que venían percibiendo antes del inicio de dicha situación en ‘concepto de guardias, efectuar la liquidación complementaria correspondiente y a abonar a las trabajadoras afectadas.

El  Comité  de  Empresa  lamenta  una  vez  más  tener  que  denunciar  estas  situaciones  delante  de inspección  de trabajo al vulnerar derechos fundamentales,  y de protección a colectivos  sensibles como son  las trabajadoras embarazadas;  a  pesar  que,  de  manera  reiterada  se  han  realizado peticiones y escritos al respecto a lo largo de los años para subsanar estas graves situaciones,  sin obtener respuestas favorables por parte de Ribera Salud.

Este  Comité de Empresa recuerda que  la  vulneración de  la  normativa laboral supone un grave  incumplimiento del pliego de condiciones  en su articulo 17.2.-0bligaciones respecto al personal, «por  el cual el adjudicatario se compromete al cumplimento  de todas las disposiciones vigentes en materia laboral y social…»

Tomaremos  las  medidas  necesarias  y se  dará  conocimiento   a  los  órganos  oportunos   de  esta resolución».

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