
La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana ha recordado a las personas afectadas por el reciente apagón eléctrico que los derechos de los consumidores les asisten en caso de daños y cómo pueden reclamarlos. A pesar de que aún no se ha determinado la causa exacta del apagón, la organización ha detallado las condiciones de compensación y los pasos a seguir.
En el caso de que el apagón se haya producido por una causa de fuerza mayor o factores ajenos a la producción, distribución o comercialización de electricidad, no corresponde ningún tipo de compensación ni indemnización por la interrupción del servicio eléctrico, conforme a lo establecido en la normativa vigente.
Sin embargo, si se trata de una causa distinta, se aplicaría un sistema de compensación automática por interrupciones del suministro eléctrico, cuya cuantía dependerá del tiempo sin servicio y se pagará en el primer trimestre del año siguiente. Es importante destacar que estas compensaciones son simbólicas y no cubren los perjuicios reales sufridos, en especial por las familias vulnerables.
La organización también recomienda a los consumidores revisar detalladamente las condiciones de sus seguros del hogar, así como los servicios adicionales incluidos en la factura eléctrica (como urgencias eléctricas o reparación de electrodomésticos). Algunos seguros incluyen coberturas específicas para daños derivados de apagones, como pérdida de alimentos refrigerados o averías en electrodomésticos. Es fundamental conocer las cláusulas de la póliza, ya que algunas aseguradoras ofrecen coberturas más amplias que otras.
En caso de que los alimentos se hayan visto afectados, se recomienda realizar un inventario de los productos dañados y sus importes, así como conservar los tiques de compra o sustitución. Además, se aconseja a los consumidores que identifiquen los alimentos que no han sido dañados y los consuman gradualmente, especialmente si se ha producido una rotura de la cadena de frío.
Si el apagón ha causado daños a los electrodomésticos por sobretensiones u otros motivos, los afectados deben ponerse en contacto con la aseguradora para revisar y reparar los electrodomésticos dañados. También pueden reclamar a la empresa comercializadora o distribuidora si la avería es atribuible al apagón.
En cuanto a los transportes afectados por el apagón, como los ferrocarriles y vuelos, los pasajeros pueden solicitar la devolución de los billetes si no se ha realizado el trayecto en su totalidad. En estos casos, las compañías de transporte tienen la obligación de proporcionar alimentos, bebidas y alojamiento hasta la finalización del trayecto, aunque no están obligadas a indemnizar por pérdidas de enlaces o daños derivados de los retrasos.
Por último, en relación con eventos contratados que no se hayan podido realizar debido al apagón, como cines, teatros, museos o recorridos turísticos, las empresas deben reembolsar la totalidad del importe, incluidos los gastos de gestión, en la misma forma de pago en que se abonaron las entradas.
La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana también ha solicitado a los operadores de la red eléctrica y a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) una investigación exhaustiva sobre las causas del apagón y la falta de cobertura en telefonía e internet que se han producido en varias localidades. Además, piden una revisión de los protocolos de información en situaciones de emergencia para garantizar que los consumidores estén debidamente informados.